La Corte Suprema confirmó el fallo emitido por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que acogió la reclamación judicial presentada por una mujer venezolana contra el Servicio Nacional de Migraciones, entidad que había decretado su expulsión del país.
La decisión fue reafirmada luego de que la afectada denunciara irregularidades en el procedimiento administrativo, especialmente en la notificación de la apertura del expediente sancionatorio, lo que –según sostuvo– vulneró su derecho a defensa. La mujer explicó que ingresó a Chile en 2022 junto a dos hijos menores por paso no habilitado, se autodenunció y posteriormente consolidó un grupo familiar en el territorio, donde nació un tercer hijo de nacionalidad chilena.
Migraciones defendió su resolución, señalando que la expulsión estaba ajustada a la Ley de Migraciones y fundamentada en el ingreso clandestino. Agregó que la persona había sido notificada oportunamente y contaba con plazo para presentar descargos.
Sin embargo, el tribunal de alzada valoró antecedentes familiares que no fueron debidamente analizados por la autoridad administrativa, especialmente la existencia de un menor chileno y el arraigo del núcleo familiar en el país. El fallo enfatizó que aplicar una expulsión requiere una motivación reforzada y un examen estricto de los principios de interés superior del niño, reunificación familiar y protección de derechos fundamentales.
Por estas razones, la Corte dejó sin efecto la expulsión y ordenó a Migraciones emitir una nueva resolución debidamente fundada y considerando los antecedentes presentados en el proceso.







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