Migración

Corte impide expulsión de migrante venezolano casado con chilena, padre de una niña con ella y sustento del hogar

0
Corte de Apelaciones de Punta Arenas emitió un recurso de amparo contra orden de la Delegación Presidencial Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena.

A principios de 2020, el migrante venezolano Brandon Radamel Salcedo García, ingresó a Chile por un paso no habilitado. Y comenzó a escribir su propia historia de superación en Punta Arenas, al sur del país, donde se desempeña como mecánico.

Sin embargo, la Delegación Presidencial Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, decreto una orden de expulsión del país contra Brandon, medida que encontró resistencia en la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Magallanes con un recurso de amparo.

¿El soporte? Salcedo García cuenta con seguridad, estabilidad, redes de apoyo y se desempeña como mecánico en un taller ubicado en Barrio Prat. Vive actualmente en casa de su suegra y es el sustento económico de su grupo familiar.

Desde la Corporación de Asistencia Judicial cuestionaron que Brandon no tuvo oportunidad de defenderse del proceso. También se cuestiona el parte policial que lo acusaba de ingreso clandestino, porque este no había sido acreditado.

El caso fue revisado por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que resolvió indicando que: “El Artículo 9 de la Ley N°21.325, despenalizó el delito contemplado en el Artículo 69 del D.F.L. N°1094, al establecer expresamente que la migración irregular no es constitutiva de delito”.

En su argumentación jurídica, con base en el citado artículo destaca el hecho de haber formulado la autoridad competente el correspondiente requerimiento en contra del amparado para enseguida desistirse, extinguiéndose la acción penal y luego decretar su expulsión del país mediante la resolución recurrida.

“Esto requirió de una carga argumentativa superior a la meramente formal, motivada únicamente en las disposiciones legales y reglamentarias que citó, así como en la circunstancia no controvertida del intento del egreso del territorio nacional por un paso no habilitado”, se lee. “Por lo anterior, se acoge el recurso de amparo, dejando sin efecto la expulsión del país en contra del amparado”.

Fuente: El Pinguino

 

 

Lea también

Comentarios

Leave a reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Más de Migración